Cursos OMI | STCW 2010

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OMI 1.01: Formación Básica en Operaciones de Carga de Petroleros y Quimiqueros

El curso ha sido confeccionado en base al curso OMI 1.01 “Formación Básica en operaciones de carga de Petroleros y Quimiqueros” y al Convenio STCW 95, sección V/1, párrafo 1.2.

 

Este curso entrega entrenamiento a Oficiales y Tripulantes a quienes se les ha asignado deberes y responsabilidades específicas relacionadas con la carga y el equipo de carga de los buques tanque.

1. Monitorear la carga y descarga de carga en los buques tanques, y su cuidado durante el viaje.
2. Asegurar el cumplimiento de los requerimientos de prevención de la contaminación.
3. Monitorear el cumplimiento de los requerimientos legislativos.
4. Operar los sistemas de bombeo de carga de buques tanques y los sistemas de control asociados.

Población objetivo:
Empresa Navieras, Oficiales y tripulantes dependientes de la Marina Mercante Nacional.

Requisitos de ingreso:
Haber aprobado y tener vigente el Curso Modelo OMI 1.20 “Prevención y Lucha Contra Incendio”.


OMI 1.02: Formación Avanzada en Operaciones de Carga de Petroleros

El curso ha sido confeccionado en base al curso modelo OMI 1.02 “Formación Avanzada en Operaciones de Carga de Petroleros”, adecuado a obligaciones en buques petroleros que incorpora una cultura de seguridad para realizar y monitorear todas las operaciones de carga, las propiedades del petróleo, tomar precauciones para prevenir peligros, aplicar precauciones de salud y seguridad, responder a emergencias, medidas de seguridad contra incendios, tomar precauciones para evitar la contaminación del medio ambiente y supervisar y controlar el cumplimiento de los requisitos legislativos.

 

El curso establece la formación necesaria para alcanzar las competencias del Capítulo VI, cuadro A-VI/1-1 del Código de formación adoptado por el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardias para la Gente de Mar (STCW) en su versión enmendada.

1. Capacidad para realizar y supervisar de forma segura todas las operaciones de carga.
2. Familiarización con las propiedades físicas y químicas de las cargas de hidrocarburos.
3. Tomar precauciones para prevenir los riesgos.
4. Tomar precauciones de seguridad y salud en el trabajo.
5. Responder a las emergencias.
6. Tomar precauciones para prevenir la contaminación del medio ambiente.
7. Vigilar y controlar el cumplimiento de las prescripciones legislativas.

Población objetivo:
Oficiales y tripulantes de la Marina Mercante que tengan responsabilidad en la carga, descarga y cuidado en el manejo de la carga de buques petroleros.


La gente de mar debe cumplir con lo establecido en el capítulo V, Regla V/1 del STCW, es decir, poseer los certificados de los cuatro cursos básicos de seguridad, descritos en la regla VI/1, a saber:
1. OMI 1.20 Prevención de lucha contra incendio.
2. OMI 1.13 Conocimientos básicos sobre asistencia médica.
3. OMI 1.19 Técnicas de supervivencia personal.
4. OMI 1.21 Seguridad personal y responsabilidades sociales.
5. OMI 1.01 Formación Básica en Operaciones de Carga de Petroleros y Quimiqueros.

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OMI 1.03: Formación Avanzada en Operaciones de Carga de Quimiqueros

Este curso ofrece formación a los candidatos debidamente cualificados, de conformidad con el apartado 3 de la sección A-V/1-1 del Código STCW, con funciones específicas de carga, descarga y cuidado en tránsito de cargas de buques quimiqueros.

 

Comprende un programa de formación avanzada adecuado a sus funciones, que incluye la seguridad de los Buques Tanques Quimiqueros, la prevención de incendios y el control de la contaminación, medidas de seguridad, prácticas operativas seguras y obligaciones en virtud de las normas y reglamentos aplicables.

 

El curso cubre los requisitos de competencia que figuran en el cuadro de la sección A-V/1-1-3 del Código STCW.

1. Capacidad para realizar y supervisar de forma segura todas las operaciones de carga.
2. Familiarización con las propiedades físicas y químicas de las cargas químicas.
3. Tomar precauciones para prevenir los riesgos.
4. Tomar precauciones de seguridad y salud en el trabajo.
5. Responder a las emergencias.
6. Tomar precauciones para prevenir la contaminación del medio ambiente.
7. Vigilar y controlar el cumplimiento de las prescripciones legislativas.

1. La gente de mar debe poseer el certificado del curso OMI 1.01 “Formación Básica en Operaciones de Carga de Petroleros y Quimiqueros” de las especialidades de puente e ingeniería.
2. Personal que tenga responsabilidad inmediata del manejo de la carga, su cuidado en tránsito, limpieza de tanques u otras operaciones relacionadas con la carga en buques quimiqueros.


OMI 1.10 Cargas Peligrosas, Potencialmente Peligrosas y Perjudiciales

El curso ha sido preparado de acuerdo al curso modelo OMI 1.10 y lo dispuesto en el Convenio Internacional Sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, enmendado en la Conferencia de manila 2010, y en las competencias exigidas en la Parte B, Capítulo V, Sección B-V/b y B-V/c del Código de Formación del mismo Convenio, orientado a Oficiales y Tripulantes de la Marina Mercante, personal en tierra y autoridades competentes que son responsables de la carga y descarga de sustancias peligrosas, potencialmente peligrosas y perjudiciales.


El curso también proporciona la base para la formación establecida en el capítulo 1.3 del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) para el personal de tierra.

Al finalizar el curso el alumno será capaz de:
1. Comprender el concepto de mercancía peligrosa de manera integrada y a nivel global.
2. Conocer y trabajar con el Código IMDG de manera estructurada.
3. Contribuir a la preparación y ejecución de la seguridad del transporte marítimo de mercancías peligrosas y contaminantes marinos.
4. Seleccionar un embalaje/envase conforme con las disposiciones reglamentarias.
5. Consolidar y segregar distintas cargas dentro de la misma unidad de transporte.
6. Preparar una remesa para el transporte por vía marítima, incluyendo su documentación.
7. Principios generales para los sistemas de notificación de buques y requisitos de notificación de buques, incluidas las directrices para la notificación de incidentes relacionados con mercancías peligrosas, sustancias nocivas y/o contaminantes marinos, aprobados por la asamblea de la OIT.

Oficiales y Tripulantes de la Marina Mercante es exigible estar en posesión del título vigente

Responsables de la carga y descarga de sustancias peligrosas, potencialmente peligrosas y perjudiciales a bordo de los buques, de acuerdo a lo dispuesto en el convenio STCW-78 enmendado, secciones A-II/1, A-II/2, A-II/3 y B-V/c.

 

Personal de Tierra, NO se estipulan requisitos de ingreso

Incluyendo la autoridad competente, que se desempeña en la clasificación e identificación de los nombres apropiados, empaque, marcado y etiquetado, carga o descarga de unidaddes de transporte y en buques, ofertas de transporte, aceptación de transporte, segregación, manipulación, preparación, inspección y cualquier otro involucrado en el transporte de mercancías peligrosas vía terrestre o marítima, de acuerdo a lo estipulado en el capítulo 1.3, del código internacional de mercaderías peligrosas.


OMI 1.13: Primeros Auxilios Básicos

El Convenio Internacional STCW-95, Sección A-VI/1-3, establece los requisitos mínimos de competencia sobre Primeros Auxilios a bordo para el personal de la Marina Mercante. De acuerdo a lo anterior, se programa y obtiene, en forma completa y mejorada, el cumplimiento de los requerimientos de un curso Modelo OMI N° 1.13.

Al Final del curso, el alumno será capaz de:

1. El alumno será capaz, en caso de accidente de diagnosticar las causas probables, así como la naturaleza y gravedad de las lesiones.
2. Adoptar las medidas inmediatas para evitar una posible amenaza de perdida de vida del accidentado.
3. Reducir al mínimo el riesgo de agravar los daños propios y los de la víctima.

Acreditar la calidad de Oficial o Tripulante de la Marina Mercante, de Naves Especiales y de Pesca, o de Aspirante a dichas calidades.


OMI 1.19: Técnicas de Supervivencia Personal

De acuerdo al Convenio Internacional sobre Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, STCW 95, todas las personas empleadas o contratadas a bordo de un buque de navegación marítima, que no sean pasajeros, recibirán formación aprobada que les permita familiarizarse con las técnicas de supervivencia personal y saber actuar en caso de que una persona caiga al mar. La presente planificación curricular ha sido hecha basándose en el curso modelo OMI 1.19 y la regla VI/1, sección A-VI/1 DEL STCW 95.

Al término del curso se espera que el alumno sea capaz de:
1. Reaccionar en forma correcta durante situaciones de emergencia, como es el rescate de una persona caída al mar, evacuación o abandono.
2. Tomar las medidas apropiadas para su supervivencia y la de los demás y usar correctamente el equipo de supervivencia.
3. Describir y corregir deficiencias para prevenir situaciones de emergencias.

De escolaridad no hay; se exige un certificado de salud compatible.


OMI 1.20: Prevención y Lucha contra Incendios

El Convenio Internacional STCW 95 en su Capítulo VI, sección A-VI/1 establece la obligatoriedad de este curso para todas las personas empleadas o contratadas a bordo de un buque de navegación marítima, para que sepan actuar en caso de que se detecte fuego o humo, o bien, suene la alarma de incendios. Todos los participantes de este curso, deberán acreditar salud compatible, mediante un certificado médico.

Al término del curso el alumno será capaz de:
1. Reducir al mínimo los riesgos de incendio y responder en todo momento a situaciones de emergencia en las que se detecte un peligro de ignición.
2. Identificar las diferentes causas de incendio, de acuerdo al origen (combustible) y utilizar los medios adecuados para controlarlo y extinguirlo.
3. Organizar las partidas de incendio a bordo y aplicar los procedimientos adecuados para el control y extinción.

Acreditar salud compatible, mediante un certificado médico.


OMI 1.21: Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales

El Convenio Internacional de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, STCW 78, que incluye las enmiendas de manila, en el Capítulo VI, cuadro AVI/1-4, establece los requisitos que debe cumplir la gente de mar empleada o contratada a bordo de un buque, como parte de la dotación, a la que se le confían tareas de seguridad, o de prevención de la contaminación, relacionadas con las operaciones del buque. El planeamiento curricular ha sido hecho en base al curso modelo OMI N° 1.21.

1. Dar cumplimiento efectivo a los procedimientos de emergencia.
2. Tomar las precauciones para prevenir la contaminación medio ambiental.
3. Comprender las órdenes y ser comprendido, en relación de los deberes de a bordo.
4. Contribuir a las relaciones humanas efectivas a bordo.

Cuarto año de Enseñanza Media cumplido, mayor de 18 años, salud compatible con la vida en el mar.

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OMI 1.23: Competencia en el manejo de botes salvavidas y botes de rescate

De acuerdo al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, STCW-78/95, Capítulo VI Sección A- VI /2, el curso está orientado a las personas encargadas de la embarcación de supervivencia y botes de rescate en situaciones de emergencia. El presente programa ha sido estructurado en base al curso modelo OMI N° 1.23 y los criterios de evaluación de las competencias, de conformidad con lo establecido en la Regla VI/2 y la Tabla A-VI/2-1 del citado Convenio.

1. Hacerse cargo de una embarcación de supervivencia o bote de rescate durante y después de la puesta a flote
2. Operar el motor de la embarcación de supervivencia.
3. Organizar a los supervivientes en la embarcación de supervivencia tras abandonar el buque.
4. Utilizar los dispositivos de localización de naves siniestradas, incluidos los aparatos de comunicación y señalización y las señales pirotécnicas.
5. Administrar los primeros auxilios a los supervivientes.

- Estar en posesión de un título de Oficial o Tripulante de la Marina Mercante.
- Tener salud compatible demostrada con un certificado médico.
- Haber aprobado los cursos básicos de seguridad modelo OMI.


OMI 1.28: Manejo de multitudes, seguridad de los pasajeros y entrenamiento en seguridad para el personal que entrega servicios directos a pasajeros en los espacios para ellos

El curso Modelo OMI 1.28 está diseñado para los Capitanes, Oficiales y Tripulantes con responsabilidad inmediata para embarcar y desembarcar pasajeros, carga, descarga, aseguramiento de ella, cierre de apertura del casco en los buques Ro-Ro de pasajeros y las personas que tengan responsabilidad por la seguridad de los pasajeros en situaciones de emergencia en las mencionadas naves., cumpliendo los requisitos mínimos establecidos en las reglas V/2, párrafos 4, 5 y 6 y V/3, párrafo 4 y 5 y las especificaciones indicadas en las Secciones A-V/2 y A-V/3 del Código Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW-78/95).

1. Describir y demostrar la forma de controlar un grupo en una situación de emergencia a bordo.
2. Identificar y ubicar equipo de emergencia y seguridad esencial a bordo.
3. Comunicarse efectivamente con los pasajeros durante una emergencia.
4. Demostrar el uso de equipos salvavidas personales.
5. Cumplir con los procedimientos de emergencia y seguridad del buque.

1. Poseer título vigente de Oficial o Tripulante de la Marina Mercante.
2. Personal con responsabilidades a bordo de Buques de Pasaje o en Buques de Pasaje de Transbordo Rodado.


OMI 1.29: Competencia en manejo de crisis y entrenamiento en el comportamiento humano, incluyendo seguridad de los pasajeros, la carga y entrenamiento en integridad del casco

El curso Modelo OMI 1.29 tiene como propósito entrenar al personal que tenga responsabilidad de embarcar y desembarcar pasajeros, carga, descarga y aseguramiento de ella, cierre de aberturas de casco en Buques de Pasaje y de Transbordo rodado, cumpliendo los requisitos mínimos establecidos en las Reglas A-V/2 y V/3 y las Secciones A-V/2 y A-V/3 del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, STCW-78/95.

1. Organizar el desplazamiento seguro de vehículos y pasajeros al embarcar y desembarcar.
2. Controlar todos los elementos de seguridad de la carga e integridad del casco.
3. Controlar a los pasajeros y otro personal durante situaciones de emergencia.
4. Establecer y mantener comunicaciones efectivas.
5. Monitorear y controlar la atmósfera en áreas de carga de buques RO-RO.
6. Optimizar el uso de recursos a bordo.

Estar en posesión de un título de Oficial de la Marina Mercante o ser integrante del personal con responsabilidades a bordo de Buques de Pasaje o en Buques de Pasaje de Transbordo Rodado.


OMI 1.38 Sensibilización con Respecto al Medio Marino

El curso ha sido confeccionado en base al curso modelo OMI 1.38 “Sensibilización con Respecto al Medio Marino” como complemento al Código ISM y al Código STCW78 enmendado, según se indica en las tablas sección A-II/1, A-III/1 Y A-III/6 y se enmarca en la función: control de las operaciones del buque y cuidado de las personas a bordo en el área operativa, con respecto a la prevención de la contaminación marina.

El alumno al final del curso estará habilitado para demostrar la comprensión y el conocimiento suficiente sobre la importancia de la prevención de la contaminación en el entorno marino, cumplir a cabalidad los procedimientos para monitorear las operaciones a bordo y asegurarse una reputación medioambiental positiva durante las faenas de carga y descarga.

 

1. Entender el concepto de transporte marítimo sostenible.
2. Reconocer la complejidad y la diversidad del ambiente marino.
3. Describir el impacto de embarque en el medioambiente.
4. Entender el papel de las reglas, los procedimientos y las instalaciones técnicas para proteger el medioambiente.
5. Adquirir conciencia medioambiental marina y la responsabilidad personal.
6. Comprender el rol del elemento humano para impedir la contaminación del medio ambiente, tomando medidas proactivas.

Estar en posesión de un título de Oficial de Marina Mercante o de Tripulante de Marina Mercante. Oficiales y Tripulantes de Cubierta y Máquinas.


OMI 1.39: Liderazgo y Trabajo en Equipo

El curso ha sido confeccionado en base al Curso OMI1.39 “Liderazgo y Trabajo En Equipo” de acuerdo al Código STCW2010 con las enmiendas de Manila, específicamente como se indica en las tablas sección A-II/1, A-III/1 Y A-III/6 y se enmarca en la función: control de las operaciones del buque y cuidado de las personas a bordo en el área operativa.

Al final del curso el alumno estará habilitado para:

1. Demostrar la comprensión y el conocimiento suficiente de liderazgo y trabajo en equipo y poseer las habilidades relevantes para llevar a cabo la guardia de navegación en buques de 500tg. o más, u oficial a cargo de la guardia de sala máquinas con dotación permanente o como oficial de guardia de sala de máquinas periódicamente sin dotación permanente.
2. Conocer básicamente la administración de personal y adiestramiento a bordo.
3. Indicar las convenciones marítimas internacionales relacionadas, las recomendaciones y la legislación nacional al respecto.
4. Adquirir la habilidad para designar tareas y manejo de la carga de trabajo.
5. Poseer el conocimiento y la habilidad para aplicar una efectiva administración de recursos.
6. Adquirir el conocimiento y la habilidad para aplicar técnicas de toma de decisiones.

Orientado a:
- Oficiales de la Marina Mercante.
- A saber: Oficiales de Cubierta y Máquinas a nivel operacional.

 

Lo establecido en las tablas sección A-II/1, A-III/1 Y A-III/6, a saber: Oficiales de Cubierta y Máquinas a nivel operacional.


OMI 3.21: Oficial de protección de la instalación portuaria

El programa ha sido confeccionado en base al curso modelo OMI 3.21 oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP). La finalidad del presente curso es impartir conocimientos a las personas que puedan ser designadas para realizar las tareas y asumir las responsabilidades de oficial de protección de la instalación portuaria (OPIP), según se establece en la sección A/2.1.8 y sección A/17 del código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP) y la Circular 1188 del Comité para la Seguridad Marítima de la OMI “Guía en la capacitación y certificación para los oficiales de protección de las instalaciones”, para asegurar el desarrollo de una evaluación de protección óptima de las instalaciones, para asegurar el desarrollo (o en desarrollo), la implantación, mantenimiento y actualización plan de protección de la instalación portuaria y del enlace con los oficiales de protección del buque (OPB) y con los oficiales de la compañía para la protección de marítima (OCPM).

1. Efectuar una evaluación inicial completa de la instalación portuaria, garantizar la elaboración y el mantenimiento del plan de protección de la instalación portuaria y describir la forma de implantarlo.
2. Diseñar ejercicios y prácticas del plan de protección.
3. Realizar periódicamente inspecciones de protección para asegurarse de que las medidas de protección siguen siendo adecuadas.
4. Modificar el plan, según proceda, a fin de subsanar deficiencias y actualizar dicho plan en función de los cambios que haya en la instalación.
5. Garantizar que se ha impartido la formación adecuada al personal responsable.

Persona que se va a desempeñar como oficial de protección de la Instalación portuaria.


OMI 3.24: Formación en sensibilización sobre protección para el personal de la instalación portuaria que tenga asignada tareas de protección

Este curso modelo tiene como objetivo proporcionar el conocimiento requerido para el personal de la instalación portuaria con tareas específicas de protección, como guardias, oficiales de control de acceso, oficiales de formación y administradores de instalaciones portuarias, en relación con un plan de protección de la instalación portuaria (PPIP) para desarrollar sus tareas, de conformidad con los requisitos del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), capítulo XI-2, el Código internacional para la protección de buques e instalaciones portuarias (PBIP), el Código internacional marítimo de mercancías peligrosas (IMDG), El Código de Prácticas de la OMI / OIT sobre protección en puertos y la orientación contenida en IMO MSC.1 / Circ.1341 sobre Directrices sobre capacitación y familiarización relacionadas con la protección para el personal de instalaciones portuarias.

1. Evaluar riesgos de protección, amenazas y vulnerabilidades para las instalaciones portuarias;
2. Fomentar la conciencia y la vigilancia de la protección;
3. Usar capacidades y recursos disponibles en su país;
4. Detectar amenazas a la protección y patrones actuales;
5. Reconocer y detectar armas, incluidas armas de destrucción masiva, sustancias y dispositivos peligrosos;
6. Reconocer, de forma no discriminatoria, de las características y patrones de comportamiento de las personas que puedan presentar una amenaza para la protección;
7. Reconocer polizones y cómo ponen en peligro significativamente la protección de la industria naviera comercial internacional;
8. Manejar técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección;
9. Usar comunicaciones relacionadas con la protección entre una instalación portuaria y partes fuera de la instalación portuaria y entre una instalación portuaria y los buques que operan en ella;
10. Gestionar multitudes, conocimiento del comportamiento humano y técnicas de control;
11. Conocer los términos de "piratería" y "robo a mano armada contra buques" y conocimiento de la situación actual con respecto a la piratería y el robo a mano armada;
12. Ciberseguridad (gestión del riesgo cibernético marítimo); Procedimientos de emergencia y planes de contingencia;
13. Operación, prueba, calibración y mantenimiento de equipos y sistemas de protección;
14. Técnicas de inspección, control y monitoreo; y
15. Métodos de registros físicos de personas, efectos personales, equipaje, carga y provisiones de los buques.

Poseer conocimientos básicos de terminología marítima, seguridad y manejo de comunicaciones.


OMI 3.25: Formación en sensibilización sobre protección para todo el personal de la instalación portuaria

Este curso está destinado a proporcionar los conocimientos necesarios para permitir que el personal que no tenga asignadas tareas de protección en relación con un Plan de Protección de la Instalación Portuaria (PFSP), mejore la protección de acuerdo con los requisitos del Capítulo XI-2 de SOLAS 74 enmendado, el Código PBIP, el Código IMDG, el Repertorio de recomendaciones prácticas de la OMI / OIT sobre protección en los puertos y las orientaciones contenidas en la circular OMI MSC.1 / Circ.1341, el Curso Modelo O.M.I. 3.25, así como en lo dispuesto en la Resolución D.G.T.M. y M.M. ORD. N° 12620/01/722 Vrs.

1. Contribuir a la mejora de la protección marítima mediante una mayor conciencia.
2. Reconocer las amenazas a la protección.
3. Comprender la necesidad y los métodos para mantener la conciencia de la protección y vigilancia.

Personal empleado o que postula a ser contratado en una instalación portuaria y que no se le asignaran tareas específicas en el marco de un Plan de Protección de la Instalación.


OMI 3.26: Formación en Sensibilización Sobre Protección para la Gente de Mar que Tenga Asignadas Tareas de Protección

El curso está basado en el curso modelo 3.26 Formación en Sensibilización sobre Protección para la Gente de Mar que tenga asignadas tareas de Protección, publicado por la Organización Marítima Internacional, la Regla VI/6 “Requisitos mínimos de formación e instrucción en aspectos relacionados con la protección para toda la Gente de Mar” del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978 enmendado, la sección A-VI/6 del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, en su forma enmendada, y el capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 74, enmendado. Está orientado a la Gente de Mar que se desempeña a bordo de un buque que tiene asignadas tareas de protección.

Alcanzar el nivel de aptitud que permita contribuir a la mejora de la Protección Marítima a través de una mayor sensibilización y la capacidad de reconocer las amenazas a la Protección y para responder apropiadamente.

 

1. Mantener las condiciones establecidas en el Plan de Protección del buque.
2. Reconocer los riesgos y amenazas a la Protección Marítima.
3. Realizar inspecciones regulares en el buque.
4. Usar en forma adecuada los equipos y sistemas de Protección. D.G.T.M. Y M.M. ORD. N° 12.600/01/1275 HOJA N° 2 DEL 19.NOV.2014.

Estar en posesión de un título de Oficial de Marina Mercante o de Tripulante de Marina Mercante.


OMI 3.27: Formación en Sensibilización Sobre Protección para Toda la Gente de Mar

El curso está basado en el curso modelo 3.27 Formación en Sensibilización sobre Protección para toda la Gente de Mar, publicado por la Organización Marítima Internacional, la Regla VI/6 “Requisitos mínimos de formación e instrucción en aspectos relacionados con la protección para toda la Gente de Mar” del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978 enmendado, la sección A-VI/6-1 del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, en su forma enmendada, y el capítulo XI-2 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 74, enmendado. Está orientado a la Gente de Mar que se desempeña a bordo de un buque que no tiene asignadas tareas de Protección.

Alcanzar el nivel de aptitud que permita contribuir a la mejora de la Protección Marítima a través de una mayor sensibilización y la capacidad de reconocer las amenazas a la Protección y para responder apropiadamente.

 

Competencias:
1. Contribuir a la mejora de la protección marítima, a través de una mayor sensibilización.
2. Reconocer las amenazas a la protección marítima.
3. Comprender la necesidad y los métodos para mantener la conciencia y los procedimientos de vigilancia.

1. Ser alumno de un curso de Formación para Tripulante General de Cubierta, Tripulante General de Máquinas, Motorista Segundo, Piloto Regional, Piloto Tercero o Ingeniero Tercero.
2. Oficial de Marina Mercante o Tripulante de Marina Mercante que no tenga tareas de protección asignadas.

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OMI 4.02: Operador primera respuesta (OPRC Nivel 1)

El curso ha sido confeccionado en base al curso modelo OMI 4.02 “Operador de Primera Respuesta”. Este curso ofrece formación a través de procesos cognitivos de orden inferior y superior a los candidatos debidamente cualificados, de conformidad con el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, STCW/78, enmendado, capítulo V, cuadro A-V/1-1-1 y A-V/1-2-1, capítulo VI, sección AVI/ 1-4 y sección B-V/1-19.7, así como en lo dispuesto dentro del Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (OPRC 1990), y su Anexo, y el Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática (TM-067), comprendiendo la prevención de derrames y el control de la contaminación, medidas de seguridad, prácticas operativas seguras y obligaciones en virtud de las normas y reglamentos aplicables.

1. Conocer las propiedades generales de los hidrocarburos.
2. Identificar y comprender el marco jurídico nacional e internacional vigente para prevenir derrames de hidrocarburos.
3. Aplicar en forma teórica los métodos de contención de derrames por hidrocarburos.
4. Aplicar en forma teórica las técnicas para eliminar los residuos de hidrocarburos.
5. Evaluar las acciones ejecutadas en materia de prevención y lucha contra la contaminación del medio marino.

Personal que desempeñará funciones de respuesta y control de la contaminación por hidrocarburos.

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OMI 4.03: Supervisor Jefe en el Lugar del Siniestro (OPRC Nivel 2)

El programa ha sido confeccionado en base al curso modelo OMI 4.03 Convenio de Cooperación Nivel 2 - Supervisor / Jefe en el lugar del Siniestro. Este curso ofrece formación de acuerdo a las competencias exigidas por el Convenio Internacional Sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW), incluidas las enmiendas d manila 2010, en sus capítulos V cuadro A-V/1-1-1/2/3 y A-V/1-2-1/2 y A-VI/1-4 y sección B-V/1-19.7, y el reglamento para el control de la contaminación de hidrocarburos (T-067), establece en los artículos 15, 21 y 81 las responsabilidades solidarias que compete a los dueños agentes u operadores de naves que se encuentren en el área jurisdiccional de chile, en relación con los daños causados por el derrame de hidrocarburos y los requerimientos en términos materiales que estos deben tener para evitar o minimizar estos daños.

1. Mitigar las consecuencias de derrames mayores de hidrocarburos.
2. Mitigar las consecuencias de derrames mayores de hidrocarburos, procedentes de naves, plataformas, puertos, terminales marítimos y fuentes similares.
3. Facilitar la cooperación internacional y asistencia mutua en la preparación y respuesta a un derrame mayor de hidrocarburos e incentivar que los estados desarrollen y mantengan una capacidad adecuada para afrontar contingencias.

Haber aprobado el curso modelo OMI 4.02 “Operador Primera Respuesta” (OPRC Nivel 1).